La figura de renting, enmarcada en la tendencia mundial de pago por consumo, está presente en el mercado desde hace un par de años.
Es una opción que da la oportunidad a las empresas de tercerizar las soluciones de movilidad y dejarlas en manos de expertos, con un ahorro de hasta el 13% y múltiples beneficios.
El renting de vehículos funciona como un arrendamiento operativo y las normas tributarias determinan un tratamiento tributario favorable para el arrendatario que opte por esta modalidad.
Para las empresas tiene muchos beneficios:
Deducible del impuesto sobre la renta
Su principal beneficio tributario es su posibilidad de tratarlo fiscalmente como una expensa deducible para efectos del impuesto sobre la renta. Siempre que el alquiler del vehículo esté relacionado con el desarrollo de la actividad productora de renta, es decir, con la cual la empresa obtiene sus ingresos, el canon pagado se puede incluir como gasto deducible.
Descontable del impuesto sobre las ventas (IVA)
El servicio de renting está gravado con IVA, es decir, en la factura electrónica que se recibe mensualmente por el uso del vehículo, el valor incluye un monto igual al 19% del valor base del canon de arrendamiento.
Sin embargo, para las empresas responsables de IVA, el valor pagado por este se puede tomar como impuesto descontable en las declaraciones bimestrales o cuatrimestrales, según corresponda.
Para efectos contables se ve como un gasto
Contablemente el valor pagado por renting se toma como un gasto operacional. Este tratamiento es sumamente diferente a otras formas de adquisición de vehículos que, en ocasiones, obligan a muchas empresas a obtener capitalización para destinar en estos activos sobre los cuales, además de tener que someterlo a las reglas de depreciación de activos fijos, deben pagar intereses por el financiamiento que reciben para su adquisición.
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Con el renting:
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Un canon de arrendamiento permite tener un conjunto de vehículos.
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El canon incluye impuestos y seguros.
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Todos los vehículos están cubiertos en un 100%.
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El 33% del canon se deduce del impuesto de renta.
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No pagas cuota inicial por ningún vehículo.
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Revisiones preventivas y correctivas periódicas.
Ya puedes dejar de gastar recursos y tiempo en la adquisición de activos. Paga por usar.
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